ACUERDO 46/2021, de 6 de mayo, de la Junta de Castilla y León, por el que se actualizan los niveles de alerta sanitaria y el Plan de Medidas de Prevención y Control para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19, en la Comunidad de Castilla y León.

 

El Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre, vigente hasta el 9 de mayo de 2021, modificado por el Real Decreto 956/2020, de 3 de noviembre, declaró el estado de alarma y habilitó a los presidentes de las Comunidades Autónomas, en su condición de autoridad competente delegada, a establecer limitaciones en la libertad de circulación y en el derecho de reunión. Dichas medidas se adoptaron en la Comunidad de Castilla y León mediante los correspondientes Acuerdos del Presidente.

 

Sin embargo, la lucha efectiva contra la pandemia exigía la adopción de un conjunto de medidas de diversa intensidad que no se agotaban con las previstas en el Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre. Por esta razón mediante el Acuerdo 11/2020, de 28 de octubre, del Presidente de la Junta de Castilla y León, dictado en su condición de autoridad competente delegada, se procedió a dar continuidad al Plan de Medidas de Prevención y Control para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19, en la Comunidad de Castilla y León, aprobado mediante el Acuerdo 46/2020, de 20 de agosto, y se ordenó que la autoridad sanitaria aprobara un nuevo plan de medidas de prevención y control, adecuado a los cuatro niveles de alerta que estaban previstos en el documento de Actuaciones de respuesta coordinada para el control de la transmisión de COVID-19, aprobado el 21 de octubre de 2020 y en el marco del estado de alarma, lo que se hizo mediante el Acuerdo 76/2020, de 3 de noviembre, de la Junta de Castilla y León.

 

Toda vez que la crisis sanitaria ocasionada la COVID-19 continúa, sigue siendo necesario mantener las medidas de prevención y control que aseguren el mayor grado posible de protección de la salud de la población, desplegando toda la capacidad de las autoridades sanitarias en el marco el ordenamiento jurídico ordinario, una vez finalizado el estado de alarma.

 

Todas las actuaciones realizadas por la Junta de Castilla y León, desde el inicio de la crisis sanitaria, han estado siempre coordinadas con el conjunto de las medidas acordadas en el Sistema Nacional de Salud. Por ello, en el marco de la nueva Ley 2/2021, de 29 de marzo, de medidas urgentes de prevención, contención y coordinación para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el Covid-19, y el Real Decreto Ley 8/2021, de 4 de mayo, por el que se adoptan medidas urgentes en el orden sanitario, social y jurisdiccional a aplicar tras la finalización de la vigencia del estado de alarma declarado por el Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre, por el que se declara el estado de alarma para contener la propagación de infecciones causadas por el SARS-CoV-2, se deben tener en cuenta las Actuaciones de respuesta coordinada para control de la transmisión de  COVID-19, aprobadas el 21 de octubre de 2020, por el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud, valorando, aunque no sean vinculantes, aquellas propuestas más favorables que, sobre la interpretación de los indicadores destinados a evaluar el riesgo y las actuaciones correspondientes al nivel de riesgo de transmisión, se efectuaron por la Comisión de Salud Pública en el documento de Actuaciones de respuesta coordinada para el control de la transmisión de COVID-19, de 26 de marzo de 2021, así como los criterios de aplicación aprobados por el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud en el Pleno del día 7 de abril de 2021.

A través del presente Acuerdo se actualizan los niveles de alerta sanitaria y el Plan de Medidas de Prevención y Control en los términos descritos teniendo en cuenta que la situación epidemiológica presenta elementos de control y contención debidos a la positiva evolución del proceso de vacunación y la progresiva concienciación y responsabilidad de la gran mayoría de las personas y, además, se matizan algunas de las medidas mejorando la redacción para solucionar problemas interpretativos y se introducen cambios que son fruto de la experiencia adquirida en la aplicación de las medidas existentes.